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GUÍA 2022: Nueva Reforma Española del Reglamento de Extranjería

28 de octubre de 2022 | Inmigración España, Nacionalidad Española, Visas de Trabajo

Contexto de la Reforma Reglamento Extranjería 2022 

Estar en situación irregular o ilegal en España se ha convertido en una situación habitual para miles de extranjeros cada año. Según el diario El Confidencial, para 2020 se estimaba que había entre 390.000 y 470.000 extranjeros sin papeles en España. Un número enorme. 

Esto se debe a varias razones, que incluyen demoras y fallas dentro del sistema de inmigración español y la falta de funcionarios de inmigración. En un contexto en el que la mayoría de los países europeos están experimentando un fenómeno de escasez de personal en diferentes sectores económicos, buscar personas para cubrir los puestos disponibles se ha convertido en la prioridad número 1 para el gobierno.

Ante la situación, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobada en agosto de 2022, la Reforma al Reglamento Migratorio o Reforma Reglamento ExtranjerÍa 2022, el cual tiene como objetivo solucionar importantes deficiencias dentro del sistema migratorio, para que miles de extranjeros que actualmente viven y trabajan “bajo el radar”, puedan finalmente iniciar su regularización.

Con este nuevo proyecto de ley, conseguir un autorización de residencia y trabajo ¡trabajar para uno mismo o para otros se ha vuelto más fácil que nunca! Pero los nuevos cambios no solo tocan el mercado laboral. Procesos como reunificación familiar, la creación de una solicitud de visa en línea y renovaciones de residencia también fueron modificados y mejorados. 

En esta entrada de blog, desentrañaremos los giros y vueltas relacionados con la nueva Reforma al Reglamento de Extranjería, sigue leyendo para descubrir cómo los nuevos complementos afectan tu estado. 

Principales Actualizaciones Incluidas en la Reforma al Reglamento Migratorio

Ampliación del derecho al trabajo para estudiantes extranjeros

Las instalaciones creadas para los estudiantes internacionales son fenomenales. Todas las medidas fueron creadas para que ellos también puedan incorporarse al mercado laboral más rápido y sin tantos contratiempos. Aquí están los cambios:

  • Los ingresos obtenidos no serán limitados.

Previo a la reforma, los estudiantes trabajadores no podían recibir un salario que representara su principal sustento, ni este salario sería tomado en cuenta como motivo para solicitar una extensión de estadía.

El último cambio aporta flexibilidad a este punto y, a partir de ahora, los beneficios económicos obtenidos de la actividad laboral no estarán limitados, lo que abre a los estudiantes a recibir salarios más altos.

  • Cambios en el máximo de horas que se pueden trabajar por semana. 

Antes de la reforma, los estudiantes estaban autorizados a trabajar por cuenta propia y ajena, sin embargo, se les obligaba a formalizar un contrato por escrito y solo se les permitía trabajar a tiempo parcial.

Esto también ha cambiado ahora. A partir de ahora, los estudiantes internacionales pueden trabajar hasta un máximo de 30 horas por semana siempre que la actividad laboral sea compatible con la realización de sus estudios. 

  • Sin limitaciones geográficas.

El último punto interesante añadido a la política de estudiantes internacionales, es que ahora podrán trabajar sin limitaciones geográficas.

Esto puede abrir la puerta a permitiéndoles trabajar de forma remota. Seguimos a la espera de nuevas instrucciones del Ministerio de Inclusión para determinar la normativa al respecto.

Solicitar la Reagrupación Familiar será más fácil

Los cambios más beneficiosos de esta reforma llegan para los interesados en solicitar la reagrupación familiar. ¡Sigue leyendo para descubrir por qué!

  • Disminución de los ingresos necesarios para efectuar la reagrupación.

A partir de ahora se valorará la edad, el desarrollo físico del reagrupado y la relación con el reagrupante para solicitar la reagrupación. Además, se reducirán los ingresos mínimos exigidos, algo que beneficia a quienes tienen menores ingresos.

Las nuevas cantidades a justificar en todos los casos son las siguientes:

  1. Si cobras el salario mínimo interprofesional, que actualmente es de 1.000 euros, podrás reagrupar a todos tus hijos.
  2. En el caso de que no se alcance esta cuantía, se concederá la reagrupación familiar a los menores si el reagrupador acredita medios económicos procedentes de una fuente estable de ingresos igual o superior al salario mínimo interprofesional.
  3. En caso de no alcanzar la cuantía mínima, para una unidad familiar de dos miembros, siendo uno de ellos menor de edad, 110% del importe de la renta garantizada de la Ingreso Mínimo Vital se requerirá anualmente y, por cada menor de edad adicional, se requerirá un 10% adicional con el límite máximo de 150% de dichos ingresos.
  • Nuevos beneficios al renovar la residencia por reagrupación familiar.

Cuando un familiar reagrupado renueve su tarjeta de residencia, a partir de ahora, su duración se extenderá hasta la autorización de residencia del reagrupante, incluso en los casos en que se trate de una pareja que haya disuelto su relación o se haya divorciado.

Además, los reagrupados estarán autorizados a trabajar por cuenta propia o ajena, ¡bien por ellos!

Modificaciones al Arraigo Laboral (Arraigo Laboral)

Las novedades del Arraigo Laboral incluyen 4 nuevas políticas creadas dentro del Real Decreto 629/2022, que recogen lo siguiente:

  1. El arraigo laboral podrá concederse a cualquier extranjero que acredite haber residido en España de forma continuada durante un período mínimo de 2 años y que se encuentra en situación irregular en el momento de la solicitud. Además, se mantiene la política de no tener antecedentes penales así como la exigencia de acreditar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a 6 meses.
  1. La segunda novedad es que es solo admisible solicitar el arraigo laboral si ha estado en situación legal de residencia pero no de trabajo.
  1. La tercera novedad, y la más interesante, es que trabajo por cuenta propia durante al menos 6 meses continuos será tomado en consideración.
  2. Y la cuarta novedad indica los tipos de prueba admitidos para justificar la relación laboral: Se admiten contratos de trabajo de menos de 30 horas semanales en un periodo de 6 meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses. También se seguirá admitiendo cualquier otro medio de prueba, como viene ocurriendo desde la STS 452/2021.

Arraigo por la Formación (Arraigo por la Formación)

Esto es toda una novedad. El Arraigo por Formación es un arraigo de nueva creación que pretende regularizar a las personas inmigrantes que hayan residido en España durante al menos 2 años en situación irregular, mediante la realización de cursos de educación o formación.

Este arraigo se divide en 2 partes, primero una residencia que se otorgará y luego un permiso de trabajo. Continúe leyendo para descubrir cómo funciona.

Primera parte de Arraigo por la Formación: Residencia

La residencia por Arraigo por Formación se concederá por un periodo de 12 meses a aquellos extranjeros que acrediten haber tenido una estancia continuada en España por un periodo mínimo de 2 años.

Durante los 12 meses del permiso de residencia, el extranjero debe formarse y adquirir una habilidad que será útil para trabajar. 

Todos los solicitantes deben cumplir acumulativamente con los siguientes requisitos:

a) Carencia de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en los que haya residido durante los últimos 5 años.

b) Comprometerse a realizar alguno de los siguientes estudios:

  • Formación reglada para el empleo o para la obtención de un certificado de profesionalidad.
  • Formación que conduce a la obtención de la certificación de aptitud técnica o cualificación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación determinada.
  • Formación promovida por el SEPE y orientada al desempeño de las ocupaciones incluidas en el Catálogo de Ocupaciones.
  • Formación permanente de las universidades.
  • Cursos para ampliar o actualizar conocimientos.
  • Otras enseñanzas de formación permanente.

c) Matricularse en uno de los cursos y acreditar la matrícula en un plazo de 3 meses desde que se le notifique la concesión de la autorización de residencia.

En caso contrario, dará lugar a la extinción de dicha autorización. En los casos en que la matrícula esté sujeta a plazos de matrícula determinados, se deberá remitir el justificante de matrícula a la Oficina de Extranjería en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de dicho plazo.

Esta autorización de residencia podrá prorrogarse una sola vez por otro periodo de 12 meses en los casos en que la formación tenga una duración superior a 1 año o su duración supere la vigencia de la primera autorización concedida.

Segunda parte del arraigo por formación: Permiso de Trabajo

Una vez finalizada la formación, y durante la vigencia de la autorización de residencia, el interesado deberá presentar en la Oficina de Extranjería la solicitud de autorización de residencia y trabajo junto con un contrato de trabajo suscrito por un empleador que garantice al menos el salario mínimo interprofesional. .

Arraigo Familiar (Arraigo Familiar)

El Arraigo Familiar o Arraigo Familiar es una autorización para residir en España, de carácter temporal y concedida excepcionalmente a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y sean:

  • El padre o la madre de un ciudadano español o comunitario.
  • Hijos de padre o madre originalmente españoles. 

Bajo este régimen, se concede autorización de residencia por 5 años, que te habilita para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia.

Con la Reforma al Reglamento de Extranjería se amplían los supuestos para solicitar el arraigo familiar, permitiendo la regularización de:

  • Tanto los extranjeros que convivan con el menor como los que no convivan (ideal para padres que no tengan la custodia del menor tras una separación o divorcio): En este caso, en el que no convivan con el menor, se deberá acreditar que el ciudadano extranjero está al corriente de sus obligaciones paternofiliales, es decir, paga alimentos o cumple con las visitas pactadas.
  • Cónyuge o pareja de hecho de ciudadano español: El trámite de la Tarjeta de Familiar Comunitario Español (Tarjeta de Familiar de Ciudadano) ahora será procesado como Familia Arraigo. Los requisitos, proceso, beneficios y derechos seguirán siendo los mismos, esto solo implica un cambio de nombre. 
  • Tutor de menor ciudadano español: Antes esta posibilidad sólo era posible como padre o madre.
  • Se mantiene la posibilidad de solicitar el arraigo familiar para los hijos e hijas de padre o madre de origen español.
  • Ascendentes mayores de 65 años y descendientes menores de 21 años: Ya no tendrás que acreditar la dependencia del ciudadano español. Con solo acreditar la relación que mantienes, podrás beneficiarte de este permiso de residencia.
  • Ascendentes menores de 65 años y descendientes mayores de 21 años: Deberán seguir acreditando que están a cargo del ciudadano español.

En estos dos últimos puntos, podemos ver un cambio significativo en el procedimiento de arraigo familiar. Dado que no se menciona que se deben acreditar medios económicos suficientes para el mantenimiento de la persona que solicita la residencia, podemos suponer que se elimina este requisito. 

Enraizamiento Social (Arraigo Social)

Los cambios en Social Roots o Arraigo Social giran en torno a los tipos de contratos que debes tener y los medios económicos que debes demostrar para solicitar esta figura. Además, en este caso, se crearon mayores facilidades para acceder y mantener las raíces.

El arraigo social se puede presentar por las siguientes 3 razones:

Contrato de trabajo:

  • Ya no tiene que ser un contrato de trabajo por un mínimo de 1 año.
  • La jornada laboral mínima es de 30 horas semanales.
  • Si el solicitante tiene dependientes a su cargo, podrá presentar un contrato de 20 horas semanales.
  • Si el solicitante requiere medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, podrá presentar un contrato de 20 horas semanales.
  • En la industria agrícola, se permiten más de 2 contratos.
  • Se admiten varios contratos en el desarrollo de actividades de diferentes ocupaciones y diferentes patrones.

Autónomos (en este sentido no hay cambio):

  • Medios económicos propios: se pasa de tener que acreditar el 400% del IPREM al 100% del IMV anual.

Asilo:

  • Una temporada laboral mínima de 6 meses y 30 horas semanales de trabajo.

Autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales de Colaboración con las Administraciones Públicas, Razones de Seguridad Nacional o de Interés Público (Artículo 127 del Reglamento)

La Dirección General de Migraciones podrá otorgar una autorización de colaboración con la administración laboral competente para los que acrediten ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por cualquier medio de prueba, que están trabajando en situación irregular durante un período mínimo de 6 meses en el último año, y que ellos cumplir los requisitos del artículo 64.2. de este reglamento, con excepción del apartado a). Esta autorización tendrá una duración de un año y te habilitará para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia. La solicitud podrá ser presentada por el interesado o por la autoridad laboral.

Se añade la posibilidad de residencia a las personas que acrediten ante la Inspección de Trabajo haber trabajado de forma irregular durante 6 meses en el último año. Es una especie de arreglo laboral para las personas que trabajan en situación irregular, pero tienen que demostrar su colaboración con la Inspección de Trabajo.

Ampliación del Catálogo de Ocupaciones y Contratación en Origen

Catálogo de Ocupaciones

Antes de la Reforma, existía la posibilidad de que se contrataran extranjeros de sus países de origen cuando había escasez de personal para determinadas funciones en España. Estos puestos debían estar incluidos en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura o el empleador debía solicitar un certificado al SEPE que acreditara la insuficiencia de los demandantes de empleo para el puesto concreto.

Esto era muy difícil de hacer en la práctica ya que el Catálogo de Ocupaciones era una lista muy corta de puestos vacantes, y el SEPE ponía muchas trabas para otorgar al empleador el certificado de insuficiente demandante de empleo.

Con la nueva reforma, se acordó que el SEPE elaborará cada 3 meses, un nuevo Catálogo de ocupaciones para cada provincia o demarcación territorial, con el fin de ir ampliando periódicamente la lista de vacantes.

Contratación en Origen y Certificado de Insuficiencia de Demandantes

La mejora de la contratación en origen busca ampliar y facilitar el proceso de contratación de extranjeros temporales. Se seguirá contratando a trabajadores extranjeros mediante la obtención del certificado de demandantes de empleo insuficientes, con la diferencia de que ahora se acorta el plazo para solicitar el certificado a 8 días.

Además, se eliminó una de las trabas que interponía el SEPE en este proceso, que era la de validar si algún ciudadano español cumplía los requisitos para la vacante. Esto quiere decir que para obtener el certificado, el anuncio de la vacante sólo debe tener 8 días desde su publicación dentro del portal de Empleo, y si pasado ese tiempo no ha habido un trabajador contratado, el certificado se emitirá en 3 días.

En Carbray somos algo escépticos con esta medida, a pesar de que han acortado el plazo de entrega del certificado, sigue siendo complicado obtenerlo por otras trabas que pone el SEPE.

Además, se incluyó en la reforma, una autorización de trabajo de 4 años que permitirá a estos trabajadores extranjeros contratados desde su lugar de origen, estar empleados durante 9 meses cada año. Si los trabajadores regresan a sus países al final de la temporada, se les premiará con una autorización de residencia y trabajo por 2 años, prorrogables, con la que podrán vivir y trabajar en España por cuenta propia y por cuenta ajena.

Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Propia

Este punto viene con 2 cambios importantes que promueven mayores facilidades para acceder al autoempleo. Las nuevas políticas son:

  • Se elimina el requisito de que los extranjeros cuenten con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento.
  • Se añade la posibilidad de autoempleo como forma de creación de empleo.

Todos los demás puntos permanecen como estaban anteriormente.

Renovación de la Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia

Esta novedad extenderá los plazos de renovación de residencia y trabajo por cuenta propia a 4 años en lugar de 2, lo que elimina el dolor de tener que pasar por el proceso de renovación en cortos períodos de tiempo.

  • Además, conseguir una renovación será mucho más flexible gracias a la eliminación de situaciones de irregularidad sobrevenida. 
  • Otra increíble novedad es que ahora solo tendrás que trabajar 3 meses en lugar de 6 y haber buscado activamente empleo (con alta en el SEPE), para poder renovar tu autorización inicial de residencia y trabajo.
  • La última novedad en este punto es que la renovación por cuenta propia te permitirá trabajar también por cuenta ajena.

Creación de la Unidad para la Tramitación de Solicitudes de Inmigración –

Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería

Antes de la entrada de esta reforma revolucionaria, muchos extranjeros sufrieron largas demoras en la resolución de sus casos. Resoluciones que debían demorar, como máximo, 3 meses, se demoraron hasta 8 o 10 meses.

Para paliar este problema se ha creado la Unidad de Tramitación de Solicitudes de Extranjería, con el objetivo de agilizar estos expedientes y dar apoyo a las oficinas de extranjería más sobrecargadas.

Esta Unidad comenzará a operar a principios de 2023, por lo que será plenamente posible lograr respuestas mucho más rápidas a partir de esa fecha.

Solicitud en línea para visas españolas creada

Se ha creado una nueva ruta digital que le permitirá solicitar en línea su visa. Esta medida es muy útil y te ahorrará mucho tiempo.

A partir de ahora, podrás formalizar tu solicitud de visado online en el consulado español ubicado en tu país de origen.

Esta medida evitará tener que pedir cita en el Consulado (algo que puede llevar mucho tiempo) y movilizarse allí.

Para obtener ayuda con su proceso de inmigración y acelerar su solicitud, contacta con nuestro equipo de expertos haciendo clic aquí.